La tecnología ha cambiado nuestra forma de trabajar, pero también ha difuminado los límites entre la vida laboral y personal. Con el auge del teletrabajo. cada vez es más común responder correos, llamadas o mensajes fuera del horario laboral.

Sin embargo, esto tiene consecuencias en la salud, el descanso y los derechos de los trabajadores. Por eso, en España existe una normativa específica que obliga a las empresas a garantizar el derecho a la desconexión digital.

BLOG JUL 04

A continuación, te damos los 10 aspectos clave que deben conocer empresas y personas empleadas para comprender y aplicar correctamente este derecho.

1. El derecho

La desconexión digital es un derecho reconocido legalmente que implica la limitación del uso de medios tecnológicos con fines laborales durante los periodos de descanso, permisos, bajas o vacaciones. Es decir, fuera del horario laboral, las personas trabajadoras no están obligadas a responder llamadas, correos electrónicos ni mensajes de trabajo. Este derecho busca proteger su bienestar, salud mental y conciliación familiar.

2. El descanso

Si el trabajador está descansando, no tiene ninguna obligación de conectarse a dispositivos profesionales ni a plataformas de la empresa. Puede apagar su móvil laboral o cerrar su correo electrónico sin temor a represalias. Cualquier comunicación que se le dirija en ese periodo deberá ser respondida, si procede, dentro de su jornada laboral ordinaria.

3. La normativa

BLOG JUL 02

Este derecho está regulado de forma general en el artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores, introducido por la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD). Además, puede verse ampliado o detallado en convenios colectivos, que tienen capacidad para regular de manera más específica cómo se ejerce esta desconexión.

4. La conciliación

El ejercicio del derecho a la desconexión digital debe potenciar la conciliación de la vida personal, laboral y familiar. Es un pilar para el equilibrio entre el trabajo y la vida privada y forma parte del enfoque de bienestar que deben fomentar las empresas responsables.

5. La política interna

El artículo 88.3 de la LOPDGDD establece que todas las empresas deben contar con una política interna de desconexión digital, desarrollada tras consulta con la representación legal de los trabajadores. Esta política debe:

  • Establecer los medios para garantizar el ejercicio del derecho.
  • Incluir acciones formativas y de sensibilización sobre el uso razonable de dispositivos digitales.
  • Estar dirigida a todo el personal, incluidas las personas con funciones directivas.
  • Prevenir riesgos como la fatiga informática o el estrés tecnológico.

6. El teletrabajo

El derecho a la desconexión digital también se aplica al trabajo a distancia (teletrabajo o modalidad híbrida). La flexibilidad que permiten estas modalidades no implica una disponibilidad constante. Las herramientas digitales deben usarse dentro del horario establecido y respetando el derecho al descanso, igual que en la modalidad presencial.

7. Las sanciones

La Inspección de Trabajo puede actuar de oficio o tras denuncia y sancionar a las empresas que vulneren este derecho. Enviar comunicaciones fuera de horario laboral sin justificación o sin indicar claramente que no requieren respuesta inmediata puede constituir una infracción grave. Las sanciones económicas pueden oscilar entre 751 y 7.500 euros, dependiendo de la gravedad y reincidencia del incumplimiento.

8. La supervisión

Durante una baja médica o un permiso, el trabajador sigue amparado por el derecho a la desconexión. Si la empresa desea interesarse por su estado de salud, deberá hacerlo con respeto y sin presionar al trabajador a conectarse a ningún canal digital corporativo. Este tipo de contacto, de realizarse, debe estar regulado en la política interna y siempre respetar la voluntad del empleado.

9. Las excepciones

Existen excepciones al derecho a la desconexión digital, pero deben estar debidamente reguladas y compensadas. Es el caso de:

  • Puestos con acuerdo de disponibilidad, remunerado mediante un plus.
  • Guardias, trabajos por turnos o situaciones de emergencia.
  • Casos previstos en convenios colectivos.

La empresa no puede establecer excepciones unilaterales ni utilizarlas como excusa para vulnerar el derecho de forma sistemática.

10. Las novedades legales

El anteproyecto de ley que propone una jornada laboral máxima de 37,5 horas semanales incorpora también medidas específicas para reforzar el derecho a la desconexión digital, reconociendo su importancia en el nuevo modelo laboral. Aunque la normativa vigente es clara, su nivel de incumplimiento sigue siendo elevado, lo que refuerza la necesidad de seguir formando, sensibilizando y supervisando.

¿Cómo se puede demostrar la vulneración del derecho?

Las personas trabajadoras pueden demostrar una vulneración del derecho a la desconexión mediante:

  • El registro horario, que evidencia actividad fuera de la jornada pactada.
  • Correos electrónicos o mensajes enviados y respondidos fuera de hora.
  • Pruebas de una cultura de disponibilidad permanente, incluso sin indicaciones escritas.

Este derecho se aplica en todas las modalidades de trabajo, no solo en teletrabajo o híbrido. Y, lo más importante: una persona no puede ser despedida por no contestar durante su tiempo de desconexión. Si se produce un despido por esta causa, podría considerarse improcedente o incluso nulo, con derecho a indemnización, readmisión y posibles sanciones para la empresa.

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